La tarde del
miércoles 15 de junio, durante cinco horas, fue leída in extenso la sentencia
que ordena diez años de privación de libertad contra la ex presidenta de facto,
Jeanine Áñez, por resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, e
incumplimiento de deberes, en el marco del proceso denominado “Golpe de Estado
2” promovido por el Senado, la Procuraduría General del Estado y el Ministerio
de Gobierno, y dilucidado en el Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción de
La Paz. A partir de ese momento, las partes tienen quince días para presentar
apelaciones que consistirán, desde la parte acusadora, en la solicitud de
ampliación de la condena a quince años y desde la defensa se pedirá la
anulación del proceso con los argumentos de injerencia política y vicios de
nulidad.
El título del
proceso es sugestivo debido a que la pregunta lógica tiene que ver con los
contenidos del proceso “Golpe de Estado 1” iniciado por la ex diputada del
Movimiento al Socialismo (MAS), Lidia Paty, por sedición (delito recientemente
eliminado del ordenamiento jurídico boliviano), conspiración y terrorismo
contra Luis Fernando Camacho y otros autores, por entonces Presidente del
Comité Cívico Pro Santa Cruz, protagonista central de las movilizaciones
producidas entre octubre y noviembre de 2019 para derrocar a Evo Morales y su
gobierno.
La diferencia
entre uno y otro proceso consiste en que como era prácticamente imposible
conseguir los dos tercios de votos en la Asamblea Legislativa Plurinacional,
debido a que el MAS cuenta con mayorías en las dos cámaras, pero sin en el
control absoluto de las mismas, tramitar un juicio de privilegio o de
responsabilidades hubiera significado un automático bloqueo por parte de las
fuerzas opositoras Comunidad Ciudadana (CC) de Carlos Mesa y CREEMOS de Luis
Fernando Camacho, en la actualidad, gobernador del departamento de Santa Cruz.
En otras palabras, si se acudía sólo a esta opción, el enjuiciaminento a
Jeanine Áñez no se hubiera producido, considerando que Mesa y Camacho fueron
actores decisivos para el éxito del golpe. En pocas palabras, no se habría
hecho justicia y nuevamente hubiera triunfado la impunidad.
Mientras el caso
Golpe de Estado 1 avanza a paso lento, con la caraterística de la retardación
de justicia que prevalece en Bolivia, el caso 2 se ha resuelto en 15 meses a
partir del apresamiento de Áñez, producido en marzo de 2021 en su ciudad natal,
Trinidad. El sustento jurídico del proceso para haberse procedido por la vía
ordinaria consiste en que se presentaron una centena de pruebas en su contra
que demuestran que entre el 10 y 12 noviembre, cuando era nada más que segunda
vicepresidenta del Senado, cometió los delitos por los que ha sido sentenciada,
para alcanzar la presidencia de la Cámara Alta primero y a continuación la
Presidencia del Estado.
En el momento
culminante en que se producía la sentencia contra Áñez, reapareció Diego García
Sayán, Relator de Naciones Unidas para la Independencia de Abogados y Magistrados,
que en su cuenta de twitter escribió: “Un tribunal de La Paz condenó a la
expresidenta Jeanine Añez a 10 años de prisión/…/ pero tienen derecho a juicio
de responsabilidades quienes hayan ejercido la presidencia, al margen de cómo
surgió su mandato.” Las afirmaciones de Sayán provocaron la inmediata respuesta
del jefe del MAS y ex presidente Evo Morales quién lo acusó de “ponerse del
lado de los golpistas”.
García Sayán
visitó Bolivia en febrero y adelantó el envío de recomendaciones para el
funcionamiento de la justicia boliviana para el próximo mes de julio. Entre sus
constataciones, el Relator, de nacionalidad peruana, y en su momento ministro
de Justicia del gobierno de Alejandro Toledo, afirma que hay una crisis
estructural en el funcionamiento de la justicia boliviana que exige reformas
profundas y que se deben poner en práctica las recomendaciones hechas por el
Grupo Internacional de Expertos Independientes (GIEI) enviado por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, precisamente organizado para investigar las
graves violaciones a los derechos humanos y las muertes producidas por fuerzas
militares en los días de instalación del gobierno de Áñez en noviembre de 2019.
Los dichos del
Relator indujeron inmediatamente a que el jefe de Comunidad Ciudadana (CC),
Carlos Mesa, pidiera la anulación del proceso por haberse gestado desde unos
operadores de justicia “serviles”, mientras que desde el partido gobernante, el
Movimiento al Socialismo (MAS) se tomó
la decisión de buscar el procesamiento de quienes alentaron la sucesión
inconstitucional, entre los que se cuenta el propio Mesa, autor del
soliviantamiento para la toma de tribunales departamentales electorales que
derivaron en quemas de los mismos, en varias ciudades del país, el 21 de
octubre de 2019, cuando gritó “fraude monumental!” y la Organización de Estados
Americanos (OEA) a la cabeza de Luis Almagro, introdujo una auditoría, con el
consentimiento del gobierno de Morales, a través de la que se comprobaron
“irregularidades” en el proceso electoral, pero sin jamás llegar a demostrar de
manera rotunda que se había producido un fraude.
Los abogados de
la parte acusatoria que ha dado lugar a una sentencia histórica contra la
presidenta de un gobierno producto de una sucesión inconstitucional o de un
golpe de Estado que es en términos prácticos lo mismo, sostienen firmemente que
no se juzgó a Áñez como presidenta, sino más bien como Senadora, y que a partir
de sus actos político jurídicos ya en calidad de primera autoridad del país,
efectivamente le corresponde someterse a un juicio de responsabilidades, para
enfrentar, por ejemplo, el establecimiento de autorías por las muertes
producidas en Sacaba-Huayllani, Senkata y El Pedregal bajo el paraguas del
decreto 4078 emitido por la presidenta Áñez y sus ministros para darles carta
blanca sin consecuencias penales a los militares de abrir fuego contra la
población civil que en los turbulentos
días de noviembre de 2019 salió a las calles y a las carreteras de las zonas
rurales para defender la permanencia de Evo Morales en el gobierno.
El caso “Golpe
de Estado 2” ha dado lugar también al juzgamiento y condena de los comandantes
de las Fuerzas Armadas, Gral. Williams Kalimán y de la Policía Boliviana, Gral.
Yuri Calderón, con diez años de reclusión para cada uno de ellos. Kalimán
“sugirió” a Evo Morales renunciar, y Calderón avaló los motines escalonados
producidos en distintas ciudades del país en clara desobediencia al poder
legítimamente constituído , acciones que completan el cuadro de irregularidades
y contravenciones a las normas que señalan que las Fuerzas Armadas no deliberan
políticamente según su Ley Orgánica y la Policía debe observar estricta
obediencia al poder formal civil.
Originalmente publicado Noticias de América Latina y el Caribe (NODAL) el 17 de junio
No hay comentarios:
Publicar un comentario